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Qué exchanges pueden operar en España

Antes de comparar comisiones hay una comprobación que se hace en dos minutos y que decide si la plataforma es siquiera utilizable: si puede prestar servicio en España. Desde el 1 de julio de 2026, cuando terminó el periodo transitorio del reglamento europeo MiCA, hacerlo exige autorización. Esta página explica dónde se comprueba y cómo leer el resultado, que es menos evidente de lo que parece.

1. Quién autoriza y dónde se consulta

La autoridad competente en España es la CNMV, que publica un listado de proveedores de servicios de criptoactivos habilitados para operar aquí. La CNMV lo dice con estas palabras en su propia página: «El periodo transitorio en España finalizará el 1 de julio de 2026».

El listado está en un PDF que la CNMV actualiza: relación de proveedores de servicios de criptoactivos ↗. Merece la pena abrirlo tú, porque cambia y porque es la única respuesta que no depende de lo que diga la web de la plataforma.

Hay dos categorías, y la diferencia importa:

  • PSC (España) — autorizada por la CNMV.
  • PSC en régimen de libre prestación — autorizada por la autoridad de otro Estado miembro y operando aquí con ese pasaporte. El listado indica el país de origen. Es igual de legal; lo que cambia es quién supervisa a la entidad, y por tanto adónde te diriges si algo va mal.

2. El detalle que hace que la comprobación falle

Si buscas «Kraken» en ese PDF no encontrarás nada, y no es porque no esté. El listado recoge razones sociales, no marcas comerciales. Tres ejemplos que comprobamos el 4 de agosto de 2026:

  • Bit2Me figura como BITCOINFORME, S.L. (BIT2ME), y además como autorizada en España y no pasaportada desde otro Estado.
  • Kraken figura como PAYWARD EUROPE SOLUTIONS LIMITED.
  • Crypto.com figura como FORIS DAX MALTA LTD (CRYPTO.COM).

Así que la comprobación útil no es buscar la marca: es averiguar en el pie de página o en las condiciones legales de la plataforma con qué entidad estás contratando, y buscar esa. La tabla de abajo te da ese nombre para siete plataformas habituales, que es el paso que la mayoría no puede dar sola.

PlataformaRazón social en el listado de la CNMVComisión al contado (nivel base)Coste de la compra rápidaEuros: ingreso y retirada
Bit2MeBITCOINFORME, S.L. (BIT2ME)
Autorizada en España, no pasaportada desde otro Estado miembro
KrakenPAYWARD EUROPE SOLUTIONS LIMITEDNivel base: maker 0,40 % / taker 0,80 %
Pares de stablecoins y divisa: 0,20 % / 0,20 %
1 % en compras instantáneas y recurrentes; 1,5 % en órdenes personalizadas.
Más un diferencial incluido en el precio, que la propia plataforma advierte que varía entre operaciones similares
CoinbaseCOINBASE LUXEMBOURG S.A.
BitvavoBITVAVO B.V.
BitstampBITSTAMP EUROPE S.A.
BitpandaBITPANDA GMBH
Crypto.comFORIS DAX MALTA LTD (CRYPTO.COM)

La razón social es la que figuraba en el listado de proveedores de servicios de criptoactivos de la CNMV ↗ el 4 de agosto de 2026. Ese listado cambia, así que compruébalo tú antes de registrarte: figurar en él es lo que permite prestar el servicio en España desde que terminó el periodo transitorio de MiCA el 1 de julio de 2026. Las casillas con «—» son datos que no hemos podido leer en la página oficial de cada plataforma, no ceros ni valores que no apliquen: preferimos dejarlas vacías antes que publicar una cifra sin comprobar. Las comisiones cambian sin aviso y casi todas bajan por volumen negociado, de modo que la tarifa anunciada como «desde» rara vez es la que pagarás. Aparecer en esta tabla no es una recomendación.

3. Sobre las plataformas que no aparecen

Un dato comprobable y sin interpretación: cuando leímos el listado el 4 de agosto de 2026, ninguna entidad con el nombre «Binance» figuraba en él, en ninguna de sus formas. No sacamos de ahí ninguna conclusión jurídica —una ausencia en un PDF puede deberse a muchas cosas, incluida la fecha de actualización— y no es nuestro papel decirte qué significa. Lo que sí te decimos es que eso es exactamente lo que tienes que comprobar tú mismo, con el nombre de la entidad concreta con la que contratarías, antes de ingresar dinero.

La regla general que sí podemos formular: si no consigues encontrar a la entidad en el listado, la respuesta prudente no es suponer que se te ha pasado.

4. Qué te protege la autorización y qué no

Conviene ser preciso, porque «regulado» se usa en publicidad como si significara «seguro».

Lo que aporta el régimen europeo: requisitos de organización y solvencia, obligaciones de custodia y de separación entre el patrimonio de la entidad y el de sus clientes, información precontractual, y una autoridad ante la que reclamar.

Lo que no aporta, en ningún caso:

  • No garantiza el precio. Ninguna autorización impide que tu inversión caiga un 70 %.
  • No es un fondo de garantía de depósitos. Las criptomonedas no están cubiertas por el sistema que cubre el dinero en un banco.
  • No cubre tus errores. Un envío a una dirección equivocada o a la red equivocada no se puede revertir, y firmar una autorización maliciosa tampoco.
  • No convierte tu saldo en autocustodia. Mientras estén en la plataforma, dependes de la plataforma.

Y una prueba de reservas publicada voluntariamente no sustituye a nada de lo anterior: demuestra activos, no solvencia, porque las deudas de una plataforma no están en la cadena de bloques.

5. El registro antiguo del Banco de España

Es otra fuente de confusión frecuente. El registro de proveedores creado por la normativa de prevención del blanqueo de capitales no ha desaparecido, pero desde el 30 de diciembre de 2024 se mantiene solo a efectos informativos y no admite nuevas inscripciones. Estar en él nunca equivalió a estar supervisado como entidad financiera, aunque se anunciara así. Lo que hay que comprobar hoy es la autorización de MiCA ante la CNMV.

6. Y después, el coste

Una vez descartadas las plataformas que no pueden atenderte, la comparación de coste tiene tres partidas y solo una suele estar anunciada:

  • La comisión, que depende de si operas como maker o taker y baja por volumen.
  • El diferencial, que pagas siempre y que en los servicios de «compra rápida» suele ser mucho mayor que la comisión, sin aparecer desglosado. Kraken lo documenta en su propia página de tarifas: en sus compras instantáneas el precio incluye un diferencial que varía entre operaciones similares y la plataforma puede quedarse con el exceso.
  • El ingreso y la retirada de euros, y las comisiones de red al mover criptomonedas.

Las dos lecturas que desarrollan esto con números están en el diferencial que no se ve y en el coste real de comprar todos los meses.

Preguntas frecuentes

¿Por qué no hay una tabla de comisiones completa?

Porque no hemos podido leerlas en la fuente que vale, que es la página oficial de cada plataforma: varias rechazan el acceso automatizado y otras no publican cifras en el HTML. Preferimos dejar las casillas vacías antes que copiar números de un tercero o estimarlos. La única columna completa es la de Kraken, que sí pudimos leer.

¿Es ilegal usar una plataforma que no esté en el listado?

La obligación de estar autorizado recae sobre quien presta el servicio, no sobre el cliente. Lo que cambia para ti es la protección: fuera de ese marco no hay obligaciones de custodia supervisadas ni autoridad española ante la que reclamar. Además, tributar por tus operaciones es obligatorio con independencia de dónde operes.

Aparecen bancos españoles en el listado. ¿Puedo comprar en mi banco?

Varias entidades de crédito españolas figuran con servicios de criptoactivos, pero qué ofrece cada una a sus clientes particulares y en qué condiciones es cosa suya. Estar autorizado significa que puede prestar el servicio, no que te lo ofrezca.

¿Recomendáis alguna?

No. Esta web no recomienda plataformas ni activos. Algunas páginas contienen enlaces de afiliado, siempre señalados; puedes leer nuestras reglas en información sobre afiliados.